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Requisitos de Capacitación en Primeros Auxilios y Resucitación Cardiopulmonar

Las viviendas con asistencia deben tener al menos un (1) miembro del personal que haya completado los cursos sobre Primeros Auxilios y Resucitación Cardiopulmonar y que tenga consigo siempre un documento válido y vigente que certifique la finalización de dichos cursos.

La capacitación en Primeros Auxilios debe constar de un mínimo de 3 horas y cubrir la transmisión de las enfermedades; cuidados de escoriaciones, rasguños, cortaduras y picaduras de insectos; atención de heridas; control de hemorragias; identificación y cuidados para lesiones musculares, óseas y de las articulaciones; tratamiento de las quemaduras; atención para hipotermia y enfermedades relacionadas con el calor; manejo de convulsiones; identificación y cuidados de lesiones en la cabeza y la columna; cuándo mover a las víctimas con lesiones; y control de intoxicaciones.

Se considera que un profesional de enfermería ha cumplido con el requisito de capacitación en Primeros Auxilios. Se considerará que un técnico médico de emergencias o un paramédico con certificación vigente según la Parte III del Capítulo 401, F.S., cumple con los requisitos de capacitación tanto en Primeros Auxilios como en Resucitación Cardiopulmonar.

Este requisito queda satisfecho mediante documentación de asistencia a un curso de Primeros Auxilios o Resucitación Cardiopulmonar impartido por una universidad, facultad o instituto de formación profesional acreditados; un hospital con licencia; la Cruz Roja Estadounidense, la American Heart Association (Asociación Estadounidense del Corazón), o el Consejo Nacional de Seguridad o por Instructores de capacitación aprobados por una junta relacionada con la salud del Departamento de Salud.



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