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Programa de Vales para Elección de Vivienda, Sección 8
The Housing Choice Voucher Program (Programa de Vales para Elección de Vivienda, Sección 8) es un programa federal del HUD (del inglés, Department of Housing and Urban Development, Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano). El programa Sección 8 es administrado por agencias locales de viviendas públicas (PHA, public housing agencies). En la Florida, la PHA suele ser la Autoridad de Viviendas Públicas dentro de cada comunidad. El programa sección 8 sólo proporciona asistencia con alquileres. Si bien los vales de la Sección 8 se pueden utilizar en las viviendas con asistencia, no se los puede utilizar para pagar por comidas o servicios.
VALES BASADOS EN INQUILINOS Y PROYECTOS
Los vales basados en inquilinos son el tipo más ampliamente conocido de vales y se emiten para cada persona que califica financieramente. Estos vales son transferibles y se los puede utilizar para pagar el alquiler de cualquier unidad de vivienda aprobada dentro de una comunidad.
Los vales con base de proyectos son vales vinculados a una unidad o institución específica de vivienda. Las agencias de viviendas públicas pueden reservar hasta el 20% de sus vales para las unidades basadas en proyectos. Los vales con base de proyectos son fijos y permanecen con la vivienda o institución incluso si el inquilino se retira.
INFORMACIÓN DE LA INSTITUCIÓN
Dado que los vales de la Sección 8 no se pueden utilizar para pagar por los servicios, los contratos de las viviendas con asistencia deben discriminar los costos de alojamiento y los de servicios. Además, las viviendas con asistencia que aceptan los vales de la Sección 8 deben recibir una inspección anual de la PHA emisora y celebrar un contrato con el Housing Assistance Payment (HAP, Pago de ayuda para la vivienda). Los contratos HAP pueden extenderse hasta 10 años.
OBLIGACIONES Y REEMBOLSO DE ALQUILERES
El índice de reembolso del PHA equivale a la diferencia entre el Fair Market Rent (Alquiler equitativo en el mercado) y la obligación de alquiler del inquilino. El Fair Market Rent se ajusta anualmente.
La obligación de alquiler del inquilino equivale al 30% de su ingreso bruto ajustado. El ingreso bruto ajustado de una persona equivale a su ingreso menos los descuentos a los ingresos. Estos descuentos pueden incluir:
- Repetición de costos de cuidados médicos que excedan el 3% del ingreso bruto del residente y que no sean reembolsables de ninguna otra fuente.
- Descuento estándar anual de $400 para las personas mayores o incapacitadas.
- Gastos médicos no reembolsables asociados con el mantenimiento de la salud (pañales geriátricos, soluciones para irrigación, suministros para colostomías, etc.)
ELEGIBILIDAD DE LOS RESIDENTES
Una persona es elegible para los vales de la Sección 8 si su ingreso es igual o menor que el 50% del Ingreso Medio para el Área de una comunidad.
La elegibilidad para los vales no incluye la limitación del activo, pero todo ingreso acumulado del activo que supere los $5,000 se calculará como ingreso para los límites de elegibilidad.
Nota: Es posible combinar los vales de la Sección 8 con el Suplemento Opcional del Estado, los Servicios de Cuidados Asistidos, o los programas ALE Medicaid Waiver disponibles para las personas mayores delicadas de salud en la Florida.
Para obtener información detallada acerca del Programa de Vales para Elección de Vivienda visite el sitio web Technical Assistance Collaborative.
Para obtener más información, diríjase al Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano o comuníquese con la autoridad local de vivienda.
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