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Exención Medicaid, ALE
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
El ALE para las Viviendas con Asistencia para Personas Mayores (Assisted Living for the Elderly (ALE) Waiver) es un programa comunitario de servicios para personas mayores que viven en ALF (del inglés, assisted living facilities, viviendas con asistencia). El programa cubre tres servicios: manejo de casos, viviendas con asistencia y (si es necesario) suministros para incontinencia. El programa de viviendas asistidas puede proporcionar los siguientes componentes: sistema de llamada de asistentes, cuidados asistidos, manejo de conductas, tareas, servicios de acompañante, quehaceres domésticos, enfermería intermitente, administración de medicamentos (dentro de los requisitos de licencia de las viviendas con asistencia), terapia ocupacional, cuidados personales, fisioterapia, equipo y suministros médicos especializados, terapia del habla y servicios sociales terapéuticos y recreativos.
Los receptores realizan una elección informada para recibir servicios domiciliarios por parte de centros comunitarios en vez de en un centro de atención.
ELEGIBILIDAD FUNCIONAL
Para ser elegible desde el punto de vista funcional para el programa ALE, una persona debe:
- Tener por lo menos 65 años, o
- Tener entre 60 y 64 años y una calificación de discapacidad según las normas de la Seguridad Social.
Y satisfacer una o más de las siguientes condiciones:
- Requerir asistencia con por lo menos cuatro ADL (del inglés, activities of daily living, actividades cotidianas);
- Requerir asistencia con tres actividades cotidianas más supervisión o administración de medicamentos;
- Requerir ayuda completa con una o más actividades cotidianas;
- Tener un diagnóstico de enfermedad de Alzheimer u otro tipo de demencia y requerir asistencia con dos o más actividades cotidianas;
- Tener un diagnóstico de enfermedad degenerativa o crónica que requiere servicios de enfermería que no están disponibles en una vivienda con asistencia estándar, pero sí en una vivienda con asistencia con licencia para cuidados limitados de enfermería o atención conjunta; o
- Ser receptor elegible de Medicaid (que satisfaga los criterios de residencia para las viviendas con asistencia); estar esperando el alta de un centro de atención; no ser apto para volver a una residencia privada debido a la necesidad de supervisión, cuidados personales, servicios periódicos de enfermería o una combinación de las tres circunstancias.
Nota: Para ser elegible para el programa ALE Medicaid Waiver el receptor debe llenar los requisitos del Institutional Care Program (ICP) y tener el Nivel de Cuidado que establece la unidad de CARES del Departamento de las Personas Mayores en cada una de las Área de Planificación y Servicios (PSA).
ELEGIBILIDAD FINANCIERA
Para ser elegible desde el punto de vista financiero para el Programa ALE Waiver una persona debe cumplir con los requisitos de ingresos y activo de la SSI (del inglés, Suplemental Security Income, Seguridad de Ingreso Suplementario), MEDS-AD o MWA (del inglés, Medicaid Waiver Assistance, Asistencia Medicaid Waiver). Las cifras límites de ingresos se modifican cada año en función del ajuste federal al costo de vida otorgado a los beneficiarios de la Seguridad Social. El límite vigente para el año 2005 es $1,737 para una persona. El límite de activos es $2.000. El Programa Assisted Living Waiver no reembolsa instituciones por alojamiento y comida. El Departamento de Niños y Familias establece la cantidad otorgada por alojamiento y comida a los beneficiarios del programa Suplemento Opcional del Estado de la Florida.
SOLICITUD DE SERVICIOS DEL RECEPTOR
Las personas que cumplan con los criterios anteriores pueden comunicarse con especialistas de Medicaid Waiver de la Agencia Local sobre el Envejecimiento de su Área de Planificación y Servicio (PSA) con respecto a su participación en ALE Waiver.
REEMBOLSO A PROVEEDORES
Medicaid reembolsa los servicios de las viviendas con asistencia sobre una tarifa diaria por cada día que una persona recibe los servicios en el domicilio, más los suministros para incontinencia, si corresponde. La tarifa diaria vigente por los servicios de viviendas con asistencia es $28.00, y el monto mensual máximo por suministros para incontinencia es $125.00. Esta tarifa diaria puede reducirse si el residente tiene un ingreso mayor o es elegible para los Servicios de Cuidados Asistidos.
Las viviendas con asistencia que deseen participar en este programa deben comunicarse con el especialista de Medicaid Waiver en su Área de Planificación y Servicio (PSA). Para calificar como un proveedor de Medicaid Waiver, una vivienda con asistencia (ALF) debe tener una licencia válida para viviendas con asistencia y tener una licencia para Cuidados prolongados en congregación o una licencia de Servicios limitados de enfermería.
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